De acuerdo a la Ley para el Gobierno y Administración de los Municipios del Estado de Guanajuato en su artículo 271, la planeación municipal es obligatoria y debe llevarse a cabo como un medio para hacer eficaz el desempeño de la responsabilidad de los Ayuntamientos, sus Dependencias y las paramunicipales, en relación con el desarrollo integral del Municipio, debiendo atender en todo momento a la consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, culturales y económicos contenidos en las leyes, así como a atender a los intereses de la sociedad, con base en el principio de la participación democrática de esta. Tendrá como sustento el Sistema Nacional de Planeación Democrática y el Sistema Estatal de Planeación.