Las principales atribuciones del Consejo son, participar en el proceso de elaboración de los instrumentos municipales de planeación implementando mecanismos de consulta y participación social; dar seguimiento y evaluar el cumplimento, la ejecución y los impactos de los instrumentos municipales de planeación y difundir sus resultados; vigilar el cumplimiento de las acciones de difusión en materia de planeación; promover la celebración de convenios tendientes a orientar los esfuerzos para lograr los objetivos del desarrollo integral del Municipio; y propiciar vínculos de coordinación con otras estructuras de planeación.
Samanta Smith Gutiérrez, Presidenta Municipal del Ayuntamiento Constitucional de Guanajuato, trienio 2024-2027, con fundamento en lo previsto por los artículos 26, fracciones I, II Y XXVII, 288 Y 291, fracciones IV y VII, y antepenúltimo párrafo, de la Ley para el Gobierno y Administración de los Municipios del Estado de Guanajuato; 16, fracción IV, 22, 24, fracción IV y 33, fracción I del Reglamento de Planeación para el Desarrollo Integral del Municipio de Guanajuato, Gto., por este medio presento para consideración, y en su caso, aprobación del Pleno del ayuntamiento, la presente propuesta a efecto de designar a las personas que habrán de integrarse al Consejo de Planeación para el Desarrollo Municipal de Guanajuato, Gto., para el periodo 2024-2027 y por ende formarán parte de los órganos del mismo, esto es del Consejo Técnico y Comisiones de Trabajo.
En fecha 06 de diciembre de 2024, en el marco de la sesión ordinaria 05 del H. Ayuntamiento Constitucional de Guanajuato, específicamente en el punto 13 del orden del dia, fue aprobado el dictamen con clave y número CDUOETyP.-18/2024-2027, que presentó la Comisión de Desarrollo Urbano, Ordenamiento Ecológico Territorial y Planeación para el Desarrollo Municipal de Guanajuato, Gto., en los términos precisados en el dictamen de referencia y, en segundo término, se aprobó la expedición de la Convocatoria para la Selección de los Representantes de la Sociedad Civil Organizada, de las Juventudes Organizadas, Pueblos y Comunidades Indígenas o Afromexicanas del Municipio ante dicho Consejo. Quedando de la siguiente manera:
La anterior resolución es acorde a que las solicitudes cumplieron con todos y cada uno de los requisitos que contempló la convocatoria, así como al perfil de cada uno de los solicitantes, de los cuales, analizando el curriculum de cada uno de ellos, es que se seleccionó conforme a dichos documentos y al objeto propio de la comisión, tomando en cuenta la preparación y trayectoria de las personas aspirantes.